EMPRESA MALAGEÑA DE TELECOMUNICACIONES


Cuando un vecino quiera instala una antena Segun el articulo 9 del Real Decreto Ley 1/1998
todos los coopropietarior o en su caso los arrendaterios tienen derecho a los servicios de telecomunicaciones, asu costa y en caso de que no exista en el edificio, a instalar esta, tambien podra realizar la adaptacionde la existente en el edificio
Cuando un propietario o arrendatario deseeinstalar esta, debera comunicarlo al presidente de la comunidad antes de realizar cualquier obra. y el presidente de dicha comunidad debera responderle antes de 15 dias
Cuando se haga una instalacion en una comunidad Al finalizar cualquier Instalacion en su comunidad junto con la factura el instalador debe darle un boletin de la instalacion y un protocolo de pruebas si procede
tenga en cuenta que sin este Boletin su reclamacion ante las autoridades competente no sirve de nada
Cuando se hace una instalacion de TDT Al finalizar cualquier Instalacion en su comunidad junto con la factura el instalador debe darle Junto con el boletin y un protocolo de pruebas un certificado emitido por el Ministerio de Ciencia y tegnologias de al Informacion Telecomunicaciones
tenga en cuenta que sin este Boletin su reclamacion ante las autoridades competente no sirve de nada
Cuando no estes satisfecho con la instalalacion Dede Reclamar ante el organo de mediacion de las telecomunicaciones con su factura y su boletin de la instalacion
A quien debes avisar para su instalacion Lo mas importante pa usted no tener problemas debe avisar a un instalador Homologado ya que es el unico cualificado y preparado con instrumental y seguros para poder llevar a cabo dicho trabajo
Cuando es obligatoria una instalacion de ict 1ª-cuando en una Comunidad las antenas instalados superen un tercio de las vdas.
2ª- Que la administracion Competente considere peligrosa o antiestetica la instalacionde la antenas individuales del edificio
Guia informativa tdt