Cuando un vecino quiera instala una antena | Segun el articulo 9 del Real Decreto Ley 1/1998 todos los coopropietarior o en su caso los arrendaterios tienen derecho a los servicios de telecomunicaciones, asu costa y en caso de que no exista en el edificio, a instalar esta, tambien podra realizar la adaptacionde la existente en el edificio Cuando un propietario o arrendatario deseeinstalar esta, debera comunicarlo al presidente de la comunidad antes de realizar cualquier obra. y el presidente de dicha comunidad debera responderle antes de 15 dias |
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Cuando se haga una instalacion en una comunidad | Al finalizar cualquier Instalacion en su comunidad junto con la factura el instalador debe darle un boletin de la instalacion y un protocolo de pruebas si procede tenga en cuenta que sin este Boletin su reclamacion ante las autoridades competente no sirve de nada |
Cuando se hace una instalacion de TDT | Al finalizar cualquier Instalacion en su comunidad junto con la factura el instalador debe darle Junto con el boletin y un protocolo de pruebas un certificado emitido por el Ministerio de Ciencia y tegnologias de al Informacion Telecomunicaciones tenga en cuenta que sin este Boletin su reclamacion ante las autoridades competente no sirve de nada |
Cuando no estes satisfecho con la instalalacion | Dede Reclamar ante el organo de mediacion de las telecomunicaciones con su factura y su boletin de la instalacion |
A quien debes avisar para su instalacion | Lo mas importante pa usted no tener problemas debe avisar a un instalador Homologado ya que es el unico cualificado y preparado con instrumental y seguros para poder llevar a cabo dicho trabajo |
Cuando es obligatoria una instalacion de ict | 1ª-cuando en una Comunidad las antenas instalados superen un tercio de las vdas. 2ª- Que la administracion Competente considere peligrosa o antiestetica la instalacionde la antenas individuales del edificio |
Guia informativa tdt | |